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Términos y condiciones
DISPOSICIONES GENERALES.
Es responsabilidad del usuario acatar lo mencionado.
No serán toleradas y en su caso, serán retiradas las personas que realicen alguna actividad dentro de los vagones del tren y pidan una retribución económica (cantantes, payasos, vendedores ambulantes, pordioseros, etc.), así también las demás personas que utilizan las estaciones del ferrocarril, para cualquier fin diverso al de su transportación.
En caso de cualquier controversia de las presentes reglas, será la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF) quien atenderá lo conducente.
COBRO POR PASAJE.
El pago de los boletos podrá efectuarse a través de la aplicación móvil o en máquinas expendedoras con ayuda de un auxiliar, mismas que estarán ubicadas en las siguientes estaciones:
Veracruz: | Oaxaca: |
Coatzacoalcos | Donají |
Jáltipan | Mogoñe |
Medias Aguas | Matías Romero |
Jesus Carranza | Chívela |
Ixtepec | |
Salina Cruz |
Para reservación y compra de boletos, el pasajero deberá proporcionar lo siguiente.
I. Especificar el servicio que desea adquirir: Gerencial, Ejecutivo o Turista.
II. Itinerario detallado por fechas y estaciones.
III. Nombre completo de las personas que desean viajar, tal y como aparecen en su identificación oficial.
IV. Edad de cada una de las personas, al momento del viaje.
V. Lugar de procedencia.
VI. Indicar si requiere atención especial y especificar qué tipo de atención se requiere.
SEGURO DEL VIAJERO.
En el valor del boleto está incluido el seguro de viajero, mismo que ampara las siguientes coberturas: gastos médicos, gastos funerarios por muerte accidental a bordo del tren y pérdida de equipaje.
Cualquier incidente debe ser reportado de inmediato al personal del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec para el debido reclamo, de lo contrario el seguro de viajero resulta inválido.
PASAJE PARA NIÑOS, ADULTOS MAYORES, ESTUDIANTES, MAESTROS Y PERSONAS CON CAPACIDADES DIFERENTES.
DESCUENTO PARA NIÑOS.
Los niños de 4 a 10 años obtendrán el 50% de descuento, sobre el importe total del boleto, en los servicios de clase Ejecutiva y Turística, para acreditar la edad del niño, se deberá presentar credencial de estudiante, pasaporte o acta de nacimiento.
Niños menores de 3 años no pagan boleto, viajando en el mismo asiento del adulto. A partir de los 11 años, se deberá pagar boleto de adulto.
Los menores de 18 años no pueden viajar solos, siempre deberán viajar en compañía de un adulto.
DESCUENTO PARA ESTUDIANTES.
El Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec ofrecerá un 50% de descuento a estudiantes en clase Turística. Para la aplicación del descuento, se debe de presentar la credencial que lo acredite como estudiante, misma que deberá cumplir con los requisitos siguientes:
a. Deberá ser original (físico o virtual) y estar vigente.
b. Contener nombre y fotografía del estudiante, nombre de la institución y sello (en caso de que aplique).
Si no se cuenta con credencial en curso, se presenta de manera impresa:
a. Boleta de estudios.
b. Última tira de materias original, vigente con: nombre y fotografía, número de cuenta/ matricula e identificación oficial o CURP.
La credencial o los documentos que acrediten al estudiante deben presentarse en la compra, al abordar el tren y/o en cualquier momento que se soliciten durante el viaje, de no presentarlo(s) se cobrará la diferencia al precio del boleto.
La escuela que expida la credencial debe estar incorporada a la SEP, UNAM, IPN, UAM o cualquier institución registrada en el Sistema Educativo Nacional. Limitado a 15 asientos por tren.
DESCUENTO PARA MAESTROS.
El Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec ofrecerá un 50% de descuento a maestros en clase Turística. Para hacer valido el descuento de maestro, se deberá presentar en la taquilla la credencial, la cual deberá tener lo siguiente:
a. Presentarse en original (físico o virtual) y estar vigente.
b. El descuento aplica solo a maestros docentes o profesores activos, NO personal administrativos ni directivos.
c. Indicar claramente: maestro, docente o profesor.
d. Contener nombre y fotografía del maestro, nombre de la institución y sello (en caso de que aplique). Si no trae el sello de la SEP se validará en la liga de las instituciones incorporadas a la SEP.
Si no se cuenta con tu credencial en curso, presentar último talón de pago original, impreso e identificación oficial.
La escuela que expida la credencial debe estar incorporada a la SEP, UNAM, IPN, UAM o cualquier institución registrada en el Sistema Educativo Nacional.
Los extranjeros que estén inscritos en una institución afiliada a la SEP, UNAM, IPN, UAM, tienen derecho al descuento presentando su credencial original, vigente y resellada.
Este descuento está limitado a 3 asientos por coche.
DESCUENTO VACACIONAL.
Durante las vacaciones aprobados por la Secretaría de Educación Pública el Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec otorgará a maestros y estudiantes un 25% de descuento en los servicios de las clases Ejecutiva y Turística y estará limitado a 15 asientos por tren.
Para hacer valido el descuento, los estudiantes y maestros deberán presentar la credencial original y vigente expedida por su plantel educativo que acredite su situación.
Cuando las vacaciones estén fuera del calendario escolar de la SEP, se debe presentar la credencial y una constancia impresa, emitida y sellada por la institución donde se especifique el periodo vacacional.
DESCUENTO PARA PERSONAS CON CAPACIDADES ESPECIALES.
El Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec ofrecerá un 50% de descuento en las clases Ejecutiva y Turística, a las personas que presenten su Credencial Nacional para personas con Discapacidad (CONADIS), expedida por el SNDIF (Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia).
Este descuento está limitado a 3 asientos por coche y la credencial se deberá presentar al momento de la compra del boleto, al abordar el ferrocarril, y/o en cualquier momento que se solicite. De no presentarla se cobrará la diferencia al precio de boleto entero.
DESCUENTO INAPAM.
El Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec ofrecerá un 50% de descuento en las clases Ejecutiva y Turística, a las personas que presenten su Credencial del INAPAM (Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores), conforme al DOF de 07/01/1982.
Este descuento está limitado a 5 asientos por coche y la credencial se deberá presentar al momento de la compra del boleto, al abordar el ferrocarril, y/o en cualquier momento que se solicite. De no presentarla se cobrará la diferencia al precio de boleto entero.
VIGENCIA DE BOLETOS.
El boleto es el título legal del contrato entre el transportista y el pasajero, por lo que debe conservarse para cualquier reclamación o aclaración.
El boleto es válido para un solo uso en un solo viaje, de origen y destino.
Al momento de realizar una reservación o compra, el pasajero deberá cerciorarse que todos los datos (nombres, fechas, itinerario, etc.) del viaje sean correctos ya que, para cambios o aclaraciones, será necesario presentar una identificación oficial.
El boleto es personal e intransferible, si el pasajero se presenta con un boleto con nombre distinto al de su identificación, éste no podrá abordar. Asimismo, no podrá ser revendido y/o alterado, en caso de presentarse algún tipo de alteración o modificación perderá su validez para viajar.
PERSONAS CON CAPACIDADES DIFERENTES.
Por su seguridad todas las personas con discapacidades visuales podrán transportarse en compañía de un perro guía y preferentemente deben ubicarse dentro del coche en el área de personas con capacidades diferentes.
Por su seguridad, las personas con silla de ruedas deben ubicarse dentro del coche en el espacio destinado para personas con capacidades diferentes, aplicando el freno a las ruedas de la silla y colocándose el cinturón de seguridad. Antes de llegar a su destino accionará el botón ubicado a un costado de su lugar, con la finalidad de que el inspector de tren este enterado de su descenso y se le dé el tiempo necesario para realizarlo, así como, auxiliarlo en caso de que lo requiera.
Las personas con problemas auditivos deben estar pendientes durante el ascenso y/o descenso, de la lampara de color amarillo ubicada en el interior de los coches en la parte superior de todas las puertas, ya que al funcionar de manera intermitente esta indicando que se inicia el cierre o apertura de las puertas, momento en el cual no debe de intentar su descenso.
Las personas que padecen de sus facultades mentales deben ser acompañadas por un adulto responsable de su seguridad.
Las rampas ubicadas en las estaciones son para uso exclusivo para personas con capacidades diferentes y en su caso, su acompañante, personas de la tercera edad y mujeres en evidente estado de embarazo, así como personas que circulen con carriola.
CANCELACIÓN, CANJE Y DEVOLUCIÓN DEL IMPORTE DE BOLETOS NO USADOS O UTILIZADOS EN PARTE.
En caso de cancelación o cambio de boleto por motivos no imputables al Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, la máquina expendedora de boletos otorgará un nuevo boleto por la cantidad del boleto a cancelar, el cual no contará con un origen o destino y tendrá una vigencia de tres meses.
Para hacer válido este tipo de boleto, se tiene que tomar en cuenta lo siguiente:
a. El boleto solo es válido por la cantidad descrita en el mismo, por lo que en caso de seleccionar una ruta de mayor costo deberá cubrirse el importe restante.
b. En caso de adquirir un boleto de menor costo, el ferrocarril cubrirá la cantidad pactada para la tarifa establecida, sin embargo, no se devolverá el importe restante al pasajero.
Dicho cambio solo podrá realizarse por el titular del boleto, mismo que deberá presentar una identificación oficial y el boleto para el que se hará el trámite.
La cancelación de un boleto solo puede solicitarse hasta 3 horas antes de la prestación del servicio, una vez pasado ese tiempo ya no podrá solicitar la cancelación por lo que tendrá que comprar un boleto nuevo.
Vía correo electrónico:
Se deberá notificar al Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec mediante el correo electrónico pasajeros@ferroistmo.com.mx con 48 horas previos a la salida del tren.
Se tendrá que indicar el tipo de trámite a realizar, Cancelación o Cambio de Fecha.
Se deberá enviar en archivo jpg, png o pdf, una imagen clara donde se logre apreciar la información del boleto, acompañado de una identificación oficial.
Anexar al correo electrónico un número telefónico de contacto.
Dicha solicitud será atendida en un periodo de 24hrs por el departamento de atención a clientes, mismo que deberá dar una repuesta sobre las instrucciones a seguir o en su caso, el estatus en el que se encuentra dicha solicitud.
Llamada telefónica al centro de atención a clientes de pasajeros:
En caso de caso de solicitar la cancelación o cambio de fecha de su boleto deberá llamar a los siguientes números
921 – 163 – 4529
921 – 688 – 9670
921 – 163 – 6618
Ext. 606 y 607 para asistencia del personal de atención a clientes. Mismo que solicitara información para validar el boleto para su respectivo seguimiento.
ENTRADA EN ANDENES.
Sólo será permitida la entrada a los andenes de las estaciones, a los pasajeros que presenten sus respectivos boletos para viajar en alguno de los trenes.
Con referencia al artículo 63 del Reglamento del Servicio Ferroviario, el Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec podrá no dar el servicio por cualquiera de las siguientes razones.
a. A niños y niñas sin acompañantes.
b. A las mujeres embarazadas, a partir de siete meses de gestación.
c. A las personas que pretendan viajar solas, que sufran de alguna discapacidad en términos del artículo 450 fracción II del Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal “Los mayores de edad que por causa de enfermedad reversible o irreversible, o que por su estado particular de discapacidad, ya sea de carácter físico, sensorial, intelectual, emocional, mental o varias de ellas a la vez, no puedan gobernarse, obligarse o manifestar su voluntad, por sí mismos.
d. A las personas que, por la naturaleza de su enfermedad, presenten riesgos para los demás pasajeros, o que por su estado de salud su transportación pueda implicar un riesgo para su vida.
En caso de que el asignatario acepte transportar a las personas a que se refiere este artículo, será bajo la estricta responsabilidad de aquél y deberá tomar las medidas necesarias para proteger la seguridad durante el trayecto de aquellos a quienes transporta.
De igual manera, el Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec no permitirá el acceso a:
a. Personas que se encuentran en estado de ebriedad o bajo la influencia de estupefacientes o psicotrópicos, salvo que cuenten en este último caso, con prescripción médica comprobable antes de abordar el tren.
b. Las personas que porten armas, explosivos, sustancias peligrosas o en general cualquier otro elemento que constituya un riesgo para los usuarios.
PROHIBICIONES.
I. Se prohíbe sentarse en el piso y escaleras de las estaciones, así como en el piso del interior del coche.
II. Se prohíbe el ingreso de objetos metálicos que estén descubiertos. Todos deben estar empacados en bolsas de plástico y/o cartón.
III. Se prohíbe el ingreso a los usuarios del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec ingresar a la cabina del coche e intentar maniobrarlo; así como ingresar a las áreas restringidas indicadas en las instalaciones.
IV. Se prohíbe escupir, fumar, prender cerillos o encendedores dentro de las estaciones y coches del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec.
V. Se prohíbe arrojar objetos a las vías donde circula el Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec.
VI. Se prohíbe hacer funcionar dentro de los coches o de las estaciones del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, aparatos de radio y otros objetos sonoros que produzcan molestias a las personas.
VII. Se prohíbe servirse de los coches del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec para efectuar transporte de carga. Los usuarios solamente podrán transportar las maletas de mano en carros de pasajeros, esto para evitar que estorben el movimiento o causen molestias a los demás pasajeros.
VIII. Queda prohibido hacer uso de las estaciones o de los coches del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec a personas en notorio estado de ebriedad, (intoxicación por alcohol) o intoxicadas por cualquier otra sustancia.
IX. Queda prohibido ingresar animales domésticos a los coches de pasajeros, a excepción animales de compañía para personas discapacitas.
Así mismo, el Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec se reserva el derecho de poner a disposición de las autoridades a las personas que:
I. Hagan uso indebido de los dispositivos de emergencia.
II. Cause un daño a las máquinas de venta y taquillas, así como, a la infraestructura de las estaciones y de los coches de pasajeros (grafitis, plumón, pintura, etc.).
III. Realicen actos de molestia dentro de las instalaciones.
IV. Se prohíbe el ingreso de armas de fuego y punzocortantes.
PROTECCIÓN CIVIL.
Todas las instalaciones, estaciones y coches de pasajeros dispondrán de las medidas de seguridad necesarias para la mitigación de riesgos conforme a los establecido en la Ley General de Protección Civil publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de junio del 2012, así como en la NOM-002-STPS-2010 y la NOM-003-SEGOB-2011.
Números Telefónicos en caso de emergencias
Coatzacoalcos, Ver. | |||
Protección Civil: | 921-2149644 | Protección Civil: | 971-7117436 |
Bomberos: | 921-2125141 | Policía Municipal: | 972-7220438 |
Cruz Roja: | 921-2184253 | ||
Seguridad Publica: | 921-2184253 |
Ixtepec, Oax. | |||
Jáltipan, Ver. | Protección Civil: | 971-7131950 | |
Protección Civil: | 922-2642560 | Bomberos | 971-1697898 |
Matías Romero, Oax. | Salina Cruz, Oax. | ||
Policía Estatal: | 972-7220401 | Protección Civil y Bomberos: | 971-7146000 |
Cruz Roja: | 971-7141049 | ||
Policía Ministerial: | 971-2813115 |
INTERRUPCIÓN DEL SERVICIO.
En los casos de que el pasajero ya se encuentre con boleto comprado y suceda algún evento fuera del control del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, que haga imposible el viaje, este se obliga a:
I. Proporcionar sin costo el cambio de fecha para viajar en otra temporada.
II. En los casos en que proceda, se podrá utilizar el boleto para tomar el tren en un tramo siguiente.
III. En los casos que se considere procedente y tomando en cuenta la seguridad del pasajero, el Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec determinará si fuera conveniente contratar un servicio externo de transporte autorizado (autobuses, camionetas de turismo, etc.).
IV. En los casos en donde los pasajeros sean trasladados por otro medio conforme a lo anterior, en los tramos que habían comprado su boleto, este no se reembolsará, ya que el servicio se tendrá como otorgado.
V. El Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec no está obligado a cubrir los gastos de alimentos, hospedaje, traslados de ningún tipo o cancelación de otro tipo de servicios, que resulten de caso fortuito o fuerza mayor no atribuible a este.
VI. La devolución de boletos por causas imputables al Ferrocarril de Istmo de Tehuantepec causará un rembolso por el importe correspondiente al 100% del segmento no utilizado y sólo aplicará a la presentación del boleto emitido por el Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec.
VII. El pasajero tendrá hasta 30 días para reclamar su reembolso contados a partir de la fecha de inicio de viaje original.
VIII. En el caso de que el pasajero desee hacer uso de su boleto para viajar en otra fecha, tendrá que seguir el procedimiento establecido en la “Regla 9 Cancelación, Canje y Devolución de Boletos no Utilizados”.
EQUIPAJE Y PESO MÁXIMO.
El Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec no se hace responsable por equipajes previamente dañados o en mal estado, equipajes con exceso de dimensión, peso o sobre llenado, cualquier daño resultante u ocasionado por malos manejos previos al abordaje del tren, y aun si fueran manipulados o ayudados a cargar por personal del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec.
De igual manera el Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec no se hace responsable por cualquier daño menor en el equipaje en: ruedas, soportes, correas, asas retráctiles, cierres, pérdida de candados, correas externas que correspondan al uso o desgaste normal o defectos de fábrica, así como daño o pérdida de artículos de valor, dinero, joyas, aparatos electrónicos, artículos de fotografía o video, computadoras portátiles, equipos celulares, tabletas, GoPro, medicamentos vitales ni artículos perecederos o líquidos, piedras preciosas, objetos de arte, documentos de valor, acciones y certificados negociables o por artículos de fácil descomposición, los cual no se consideran como equipaje que sean transportados en el equipaje documentado, sin conocimiento y consentimiento.
REVISIÓN Y CONTROL DEL EQUIPAJE.
El Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec se reserva el derecho de inspeccionar el equipaje con equipo tecnológico (detector de metales, rayos x, etc.) en presencia del pasajero responsable del equipaje o bulto, tanto antes de abordar como en el trayecto. Si el pasajero se rehúsa a dicha revisión, no se le permitirá abordar derivado de los estándares de seguridad.
CARACTERISTICAS DEL EQUIPAJE.
a. El boleto ampara sólo 40 kilogramos de peso y con volumen equivalente a una maleta documentada, y una de mano de equipaje por pasajero; quien exceda en el peso o volumen deberán cubrir el importe de $70 pesos por bulto o maleta excedente, en todas las clases del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec.
b. No está permitido transportar menaje, neumáticos, partes automotrices, motocicletas y artilugios costosos, sin documentación que acredite la propiedad de este.
c. Únicamente se permitirán hieleras de uso individual (menores a 70 cm. de largo x 30 cm. de ancho x 40 cm. de altura), mismas que no deben tener desagüe (en el caso de contener mariscos, no debe exceder a 5 kilogramos). Todas las hieleras deberán estar selladas y no se podrá extraer su contenido a lo largo del recorrido. En el caso de Hieleras de mayor tamaño deberán ser documentadas para el coche maletero.
d. No se considera como equipaje: carriolas, bastones, muletas, sillas de ruedas o cualquier aditamento o accesorio de apoyo para los pasajeros con alguna discapacidad, por lo que no se deberá de realizar ningún cargo por el transporte de estas mismas.
e. Se podrá documentar animales domésticos siempre que vayan en su respectiva caja transportadora, estos deberán ser transportados en el coche maletero ya que no formulan como equipaje de mano.
ARTÍCULOS PERMITIDOS.
a. Bebidas Alcohólicas: Estas se transportarán en el carro de equipaje y deberán estar empaquetadas y selladas dentro de la maleta.
b. Equipo de Cómputo debidamente empacado y sellado.
c. Instrumentos musicales debidamente empacado y sellado.
d. Sillas de ruedas: Debe estar desarmada o doblada, según sea el caso, debidamente empaquetada. En caso de las sillas de ruedas eléctricas o Scooter la batería debe ser sellada e ir desconectada, está prohibido transportar baterías que utilicen acido líquido.
e. Artículos Deportivos: Los artículos deportivos se aceptan en el carro de equipaje: Bicicleta de Turismo/Carreras con un solo asiento sin motor y con manubrios plegables y pedales sueltos, debidamente empacada, equipo de golf, equipo de buceo (consistente en un tanque vacío, manómetro, un snorkel, un arpón, un par de aletas, chaleco de seguridad, un cinturón de peso, un regulador, y un visor), equipo de surfing con vela WINDSURFING (consistente en una tabla de surfing con mástil acordonado y una vela), tabla boogie, boogie board, tabla de surf, surfboard, kayaks. El excedente de peso de artículos deportivos se paga como exceso de equipaje.
f. Bambinetos: El bambineto o canasta podrá ir abordo siempre y cuando quepa en los compartimentos de equipaje de mano, si el bambineto o canasta, por sus dimensiones no puede ser alojado en los compartimentos de equipaje de mano, deberá ser documentado de “último minuto” y colocado en el carro de equipaje. No se aceptan infantes en “Bambinetos” o canastas, el bebé deberá ir en brazos del adulto.
g. Carriolas: Las carriolas podrán ser llevadas hasta la entrada del Ferrocarril en donde deberán ser entregadas al anfitrión/ Chofer y documentarse como equipaje de “último minuto”.
h. Cajas de cartón, rejas de madera y costales de alimento deberán documentarse en el carro de equipaje siempre y cuando no rebasen un peso mayor 40 kilogramos.
ARTÍCULOS PROHIBIDOS.
Queda estrictamente prohibido transportar:
I. Materiales peligrosos: tales como gasolina, diésel, petróleo, thinner (o cualquier solvente), cualquier tipo de gas, pintura, aceites, acumuladores, etc. Así como, todo producto que sea inflamable y/o que se considere de riesgo para el resto de los pasajeros.
II. Armas de fuego de cualquier calibre.
III. Objetos punzocortantes (navajas, tijeras, cuchillos, machetes, etc.)
IV. Cualquier otro tipo de sustancia peligrosa y pilas en mal estado o defectuosas.
V. Sustancias prohibidas o ilegales. En caso de detectarse consumo o posesión de estupefacientes o cualquier sustancia química ilegal o prohibida por las autoridades federales, se pondrá a disposición de las autoridades correspondientes, así como a las personas que resulten involucradas.
ACEPTACIÓN DEL EQUIPAJE.
De acuerdo con el artículo 61 del Reglamento del Servicio Ferroviario, que a la letra dice:
“Si el peso, tamaño o naturaleza del equipaje, o su empaque o embalaje lo hace inadecuado para transporte, de conformidad con las disposiciones que, en su caso, emita la Agencia, el asignatario podrá negarse a transportarlo hasta en tanto no se modifiquen tales condiciones. Asimismo, el asignatario en ningún caso será responsable de aquellos artículos que no estén debidamente empaquetados o embalados.”
El Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec no se hace responsable en caso de que el pasajero:
I. No verifique que la contraseña descrita en la etiqueta de documentación (talón de equipaje) del equipaje documentado corresponda con su lugar de destino y con sus datos personales.
II. Al recoger su equipaje, no verifique que la cantidad de contraseñas coincida con las piezas y números de registro.
III. Olvide alguna(s) pieza(s) de equipaje en estaciones, asientos o bodegas del tren.
En caso de pérdida o avería del equipaje documentado, se indemnizará conforme a lo dispuesto en la política de seguros.
Los reclamos por equipajes dañados deberán reportarse con el Inspector de tren y/o auditor a bordo en la ubicación donde el equipaje es reclamado, antes de que el pasajero salga de la estación. O en su caso se deberá contactar al servicio de atención al cliente a través del correo pasajeros@ferroistmo.com.mx para quejas y resoluciones.
Todo equipaje documentado y de mano debe tener una etiqueta de equipaje con la información personal, que incluya el nombre completo, dirección y número de teléfono. Puede solicitar su etiqueta de equipaje al personal encardo de la documentación en el coche maletero.
En caso de cualquier controversia con las presentes Reglas de Aplicación, será la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, quien resolverá lo conducente.
Los casos no previstos en las presentes Reglas de Aplicación serán sometidos a la consideración de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, para su estudio y resolución correspondiente.